INSTITUTO SAN CARLOS
MANUAL DE CONVIVENCIA
BARRANQUILLA 2012
PRESENTACION
El Instituto San Carlos fue fundado por el Psicopedagogo Libardo Buelvas Jiménez el año de 1.984, tiene como eje fundamental la palabra de Dios, se rige por:
Con todo esto se busca brindar un proceso educativo integral que lleve a la formación de niños y niñas, capaces de valorarse, hacerse respetar y transformar el entorno social al cual pertenece.
Este Manual de Convivencia es una carta de principios éticos, morales y sociales que sirven de base para formar, orientar, evaluar, corregir y estimular la convivencia de los niños y las niñas que acá se educan.
IDENTIFICACIÓN
NOMBRE : INSTITUTO SAN CARLOS
CARÁCTER : Académico
ENFASIS : Informática
NATURALEZA : Privada
REGIMEN : Vigilado V9
GÉNERO : Mixto
JORNADA : Diurna
CALENDARIO : A
NIVELES : Preescolar y Básica
DIRECCIÓN : Carrera 20 No 27 B 04.
TELÉFAX : 3467860
MUNICIPIO : Barranquilla
DEPARTAMENTO : Atlántico
NACIONALIDAD : Colombiana
REGISTRO DANE : 308001078191
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO : 000831 de 24 de Junio de 2004
UNAL : Murillo Sur-oriente
RESOLUCION RECTORAL
001 DE FEBRERO 4 DEL 2011 POR LO CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE CONVIVENCIA, DIRIGIDO A LA COMUNIDAD EDUCATIVA DEL INSTITUTO SAN CARLOS, DE ACUERDO CON EL ARTICULO 8 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACION 115 DE 1994.
LA RECTORA DEL INSTITUTO SAN CARLOS EN EJERCICO DE SUS FACULTADES LEGALES Y
CONSIDERANDO:
*Que la Ley General de Educación 115 de 1.994 articulo 87, establece para todas las Instituciones educativas un Manual de Convivencia que corresponda a las necesidades de toda la comunidad.
*Dar aplicación a los mandatos educativos establecidos por la Constitución Política Nacional, el código del menor, la Ley General de Educación, decreto 1860 Articulo 17 de 1994.
*Que en reunión del Consejo Directivo se evaluó y actualizó el Manual de Convivencia.
RESUELVE:
ARTICULO UNICO: Adopta el presente Manual de Convivencia, como referente valido y legal para regular, orientar y animar el proceso pedagógico de la comunidad educativa del Instituto San Carlos, en el desarrollo de las actividades académicas y para promover las convivencia pacífica. Consta de los siguientes capítulos:
CAPITULO I MISION, VISION, FILOSOFIA
CAPITULO II OBJETIVOS Y PROPOSITO DEL MANUAL
CAPITULO III FUNDAMENTOS LEGALES
CAPITULO IV PERFILES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
CAPITULO V GOBIERNO ESCOLAR
CAPITULO VI LEMA INSTITUCIONAL, SIMBOLOS, UNIFORMES
CAPITULO VII DERECHOS, DEBERES
CAPITULO VIII ESTIMULOS, PROHIBICIONES DE LOS ALUMNOS
CAPITULO IX MEDIDAS DE FORMACION
CAPÍTULO X ACTITUDES QUE IDENTIFICAN LA COMUNIDAD EDUCATIVA DEL INSTITUTO SAN CARLOS
CAPITULO XI DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
Articulo 1. MISION
El Instituto San Carlos tiene como eje fundamental garantizar la formación integral de los niños y niñas en valores cristianos, humanos; y conocimientos tecnológicos y pedagógicos, que les permitan desarrollar su personalidad e interactuar en la sociedad, reconociendo que tienen debilidades y fortalezas, las cuales deben aprender a manejar para convivir pacíficamente.
Articulo 2. VISION
El Instituto San Carlos tiene como propósito para el 2014, ofrecer a la comunidad, una educación de calidad, mediante el empleo de los recursos tecnológicos como las aulas interactivas, para promover en nuestros niños y niñas la utilización adecuada de esta herramienta en el desarrollo del conocimiento y la investigación.
Articulo 3. FILOSOFIA
Para facilitar la vida en comunidad y favorecer la realización de cada uno en un ambiente de libertad, ser requiere de normas sociales (Manual de Convivencia), que establezca pautas de comportamiento que induzcan a las personas a actuar de manera aceptable a través del uso progresivo de la autonomía, fundamentada en el respeto por los derechos individuales y colectivos (Ley General de
En conformidad con lo anterior, el Instituto San Carlos estructura su quehacer pedagógico en la formación integral de los niños y niñas teniendo en cuenta aspectos personales, sociales, éticos, espirituales, sicológicos e intelectuales.
Preparándolos y capacitándolos para enfrentar las dificultades y expectativas que le ofrece el medio y la sociedad mediante la educación, el conocimiento de sus derechos y sus deberes.
También pretende a ayudarles a los niños y las niñas a desarrollar su personalidad dentro de un clima de respeto, de libertad, de conciencia crítica, de ayuda mutua, de participación y comunión en el proceso. Además llevarlos a valorar su identidad socio-cultural.
CAPITULO II
Articulo 4. OBJETIVOS
Los objetivos del Manual de Convivencia del Instituto San Carlos son los siguientes:
4.1 .Procurar la formación y el crecimiento de la palabra de Dios, como eje fundamental de nuestra vida, en un ambiente pedagógico armónico.
4.2 .Compartir con los estudiantes los valores de tolerancia, responsabilidad, solidaridad, amor y respeto, para que los puedan poner en práctica con los demás.
4.3 .Valorar el principio de que, la familia es la célula básica de la sociedad.
4.4. Educar a los niños y niñas para que sean un ente activo en la sociedad.
4.5. Incentivar y propiciar el ejercicio de la participación responsable, en todas las actividades de la Comunidad Educativa.
4.6. Orientar para que se tome conciencia de la necesidad de conservar, proteger y mejorar el medio ambiente.
4.7. Buscar la excelencia en la educación como medio para mejorar la calidad de vida de las niñas y los niños que aquí se educan.
Articulo. 5 PROPÓSITO DEL MANUAL
5.1. Este manual tiene como propósito buscar la formación integral del educando a través del diálogo y la conciliación para lograr un ambiente de armonía y sana convivencia entre los miembros de la comunidad educativa.
5.2. El no cumplimiento de este manual amerita la aplicación de las respectivas normas contempladas en el mismo.
CAPITULO III
Articulo 6. FUNDAMENTOS LEGALES
Las instituciones educativas requieren una serie de fundamentos legales que permitan resolver las situaciones y garanticen la convivencia pacifica de sus integrantes, es por esta razón el que el Instituto San Carlos toma como referente legal:
6.1. La Constitución Política Colombiana de 1991, expresa los mandatos que buscan el desarrollo integral del hombre colombiano.
6.2.
6.3. Decreto 1860 de Agosto de 1994. Este decreto reglamenta
6.4. El Código del Menor o Decreto 2737 de 1989. Este consagra los derechos del menor, las formas de protección y las obligaciones que le corresponden a la familia, a las instituciones educativas y a las autoridades del Estado.
CAPITULO IV
PERFILES DE
Articulo 7. PERFIL DE LA RECTORA
La rectora del Instituto San Carlos presenta los siguientes aspectos:
7.1. Es responsable con sus funciones.
7.2. Muestra capacidad de comprender las necesidades de los demás y disponibilidad para satisfacerla.
7.3. Crea un clima de aceptación y confianza antes de exponer sus planes.
Articulo 8. PERFIL DE LOS ADMINISTRATIVOS
8.1. Las personas que forman parte del componente administrativo de
Articulo 9. PERFIL DEL ESTUDIANTE
9.1. Temeroso de la palabra de Dios y de sus enseñanzas.
9.2. Tolerante y comprensivo con los demás , para permitir una convivencia adecuada,
9.3. Posee una actitud investigativas, que le permite lograr un buen rendimiento académico.
9.4. Reconoce sus fortalezas y sus dificultades.
Articulo 10. PERFIL DEL DOCENTE
10.1. Es amable, respetuoso y creativo en el desarrollo de su labor.
10.2. Es un buen comunicador.
10.3. Es abierto a los cambios de la sociedad.
10.4. Promueve el dialogo como medio de comunicación y enriquecimiento de los demás.
10.5. Reconoce sus cualidades y sus limitaciones.
Articulo 11. PERFIL DE LOS PADRES
11.1. Comprometido con el proceso educativo de sus hijos
11.2. Respetuosos de las normas y de los valores humanos.
11.3. Participantes activos de los eventos que se organizan en la institución.
11.4. Responsables con sus compromisos económicos.
CAPITULO V
DEL GOBIERNO ESCOLAR
El Gobierno Escolar está conformado por: El Consejo Directivo, Consejo Académico y el personero estudiantil.
Articulo 12. CONSEJO DIRECTIVO
El Consejo Directivo está formado por: El representante Legal del Colegio y Administrador, la Rectora, dos (2) representante de los docentes, dos (2) representantes de los padres de Familia, un (1) representante de los estudiantes.
Articulo 13. FUNCIONES. Son funciones del CONSEJO DIRECTIVO las siguientes:
13.1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa.
13.2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.
13.3. Adoptar el Manual de Convivencia.
13.4. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda
13.5. Aprobar el Plan Anual Operativo r
13.6. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
13.7. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas, religiosas y recreativas.
13.8. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de las actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas, religiosas y sociales de la respectiva Comunidad Educativa.
Articulo 14. CONSEJO ACADEMICO: Estará conformado por la rectora, los docente de cada grado de los nivel Preescolar y de
Articulo 15. FUNCIONES. Son funciones del CONSEJO ACADEMICO las siguientes:
15.1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
15.2. Estudiar el Plan de estudio y propiciar su continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Manual.
15.3. Organizar el Plan de Estudios y orientar su ejecución.
15.4. Participar en
15.5. Proporcionar las evaluaciones periódicas del rendimiento de los educandos y para la promoción.
15.6. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación, y sus resultados
15.7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Decreto 1860 de /94 y el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
CAPITULO VI
LEMA DE LA INSTITUCION
Articulo 16. DIOS, SABIDURIA YCIENCIA
16.1. DIOS: Ser fundamental de todo individuo, manifestación de amor, compasión, bondad, sacrificio, obediencia, espiritualidad, que guía la existencia de todos.
16.2. SABIDURIA: Que viene de Dios, para adquirir conocimientos, experiencias, habilidades, que nos sirven para alcanzar nuestras metas y construir un mundo mejor.
16.3. CIENCIA: Son el conjunto de conocimientos y habilidades que se adquieren con la observación, conceptualización y el estudio de las cosas y los fenómenos.
SIMBOLOS DE LA INSTITUCION.
Articulo 17. EL ESCUDO.
Un escudo con las siguientes características:
17.1. Tres colores amarillo, azul y rojo.
17.2. Una franja de color amarillo que simboliza las riquezas intelectuales de cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa. En ella se encuentran escrito el nombre de la Institución.
17.3. El fondo es de color azul, en el se encuentran: el planeta tierra sostenido por dos manos, al lado de las dos manos dos libros que representan la educación, y la base de todo ello la palabra DIOS y de ella se desprende las palabras sabiduría y ciencia.
17.4. Al borde una franja roja que representa valor y fortaleza.

Articulo 18. LA BANDERA.
La bandera tiene las siguientes características:
18.1. Dos colores azul y blanco en forma de triángulo y el escudo en el medio de ella.
18.2. El triángulo de color azul representa la sabiduría que viene de DIOS.
18.3. Los triángulos blancos representan los brazos extendidos con que recibimos la sabiduría de DIOS.
18.4. El asta de color madera natural que simboliza la naturaleza
18.4. Un cordel dorado las riquezas.

Articulo 19. UNIFORMES
El Instituto san Carlos tiene dos uniformes reglamentarios: el de diario y el de educación física.
Articulo 20. UNIFORME DE DIARIO
20.1. NIÑAS:
Falda azul turquí en lino strech, camiseta blanca con el escudo del Instituto del lado izquierdo, medias blancas, correa blanca y zapatos negros colegiales.
20.2. NIÑOS:
Camiseta blanca con el escudo del Instituto del lado izquierdo, pantalón clásico azul turquí en lino strech, medias azul turquí, correa negra y zapatos negros.
Articulo 21. UNIFORME DE EDUCACION FISICA.
Camiseta blanca con el escudo del Instituto del lado izquierdo, sudadera azul turquí con dos franjas blancas y las iníciales del Instituto, medias y zapatos blancos tenis.

CAPITULO VII
Articulo 22. DERECHOS DE LOS ALUMNOS
22.1. Todo alumno tiene derecho a conocer sus notas referentes a sus trabajos y evaluaciones.
22.2. Solicitar a la dirección académica la revisión de cualquier calificación de sus diferentes asignaturas, conducta, orden, disciplinas, urbanidad, que a su juicio hayan sido injustamente anotadas.
22.3. Manifestar inquietudes y problemas que puedan inferir en la buena marcha del instituto, lo mismo que en su nombre.
22.4. Poder disfrutar de los servicios de que dispone el colegio, tales como tienda escolar, bibliotecas, salas de conferencia, y reuniones dentro de las normas que establezca la institución.
22.5. Solicitar su inscripción en los grupos académicos, culturales, artísticos, deportivos, que integre la institución, siempre que los solicitantes reúnan los requisitos exigidos por los coordinadores de dichos grupos.
22.6. Exigir el cumplimiento del manual de convivencia, programas y calendario académico.
22.7. Exigir el respeto y el buen trato de parte del personal directivo, docente y empleados del instituto.
22.8. Informar a la dirección del instituto, acerca de las conductas irregulares practicadas por el personal docente.
22.9. Ser evaluados en las diversas actividades de aprendizaje, durante los periodos en los aspectos de formación y que debe ser calificadora.
22.10. Recibir orientación académica de acuerdo con los objetivos señalados por la institución, que le permita a los alumnos asimilar, aportar ideas, y ser escuchados siempre y cuando la actitud sea comedida.
22.11. Asistir y participar en las clases ordinarias, extraordinarias y demás actividades complementarias que programe la institución con la presencia de los profesores titulares.
22.12. En caso de negársele el cupo para el año siguiente, se le avisara oportunamente, explicándole el seguimiento pedagógico que condujo dicha decisión.
22.13. Tener un representante en el consejo directivo de la institución, el cual deberá estar cursando el último grado de educación básica.
22.14. Elegir a dos alumnos del último grado a nivel de educación, en el cargo de personero y representante de los estudiantes.
22.15. Derecho a la educación integral (Constitución Nacional) y articulo 311 código del menor.
22.16.Todo alumno puede sugerir atreves de su director de curso, ser oído en descargo ante persona o personas que corresponda, cuando haya un problema académico o disciplinario que lo afecte de manera personal y del cual se considere inocente.
22.17. Todo alumno tiene derecho a recibir asesoría necesaria del servidor de orientación y consejería que presta la institución.
22.18. Tener un representante en el concejo directivo de la institución
22.19. Elegir un vocero para constituir el consejo estudiantil así: uno de los grados 3°, 4° y 5°
22.20. Todo alumno tiene derecho a que se le acepten excusas justificadas por retrasos o ausencias remitidas por el acudiente.
22.21. Disfrutar del descanso, el deporte y las distintas formas de recreación en los tiempos previstos para tales (Art. 13 C.N.)
22.22. Será respetado en su integridad física y tratado por igual a todos sin discriminación alguna ni por su sexo, raza, origen nacional o familiar no religión (Art. 11, 13, 18, 44 C.N. y Art. 4 Código del menor.
22.23. Recibir una orientación suficiente y oportuna para desarrollar su personalidad, cuidad de su salida, iniciarse en la ciencia, en la cultura y en la vida social, (Art. 67 C.N. y Art. 7 Código del menor)
22.24. Recibir información y conocimiento para un estudio reflexivo de la constitución nacional y la institución cívica que le lleve a sentirse orgulloso de ser colombiano. (Art. 41 C.N.)
22.25. .A ser oído en descargos y a presentar peticiones en forma cordial y respetuosa ante la autoridad correspondiente del colegio y a obtener pronta solución (art. 23 C. N.)
22.26. A recibir información oportuna y actualizada de lo que disponga el M.E.N. y de las que se produzcan a nivel de Secretaria de educación Departamental, Distrital y la institución (Art. 67 C. N.)
Articulo 23. DEBERES DE LOS ALUMNOS
23.1. El primer deber de todo alumno es estudiar. Este debe imponer al estudiante la atención y el esfuerzo necesario para comprender, asimilar y mantener diversos conocimientos que deben adquirir en las aulas.
23.2. Ajustar su conducta en el colegio, en la calle, o en cualquier otro lugar a las más severas reglas de educación, civismo y humanidad.
23.3. Guardar entre si la mayor armonía y espíritu de compañerismo.
23.4. Aceptar y cumplir las disposiciones académicas y los programas de estudio vigente. Para ellos es indispensable estar provistos de todos los textos y materiales que exija el instituto.
23.5. Conservar cuidadosamente los textos y útiles, procurado no desprender hojas de los libros y cuadernos.
23.6. Asistir puntualmente a clases, de acuerdo con el horario que señala el instituto.
23.7. Asistir puntualmente a los actos públicos y privados que ordene el instituto.
23.8. El uniforme del instituto es obligatorio para todas las actividades escolares y solamente se exigirán dos clases de uniforme, de conformidad con las disposiciones legales vigentes (Decreto N 2542 de Noviembre 8/91, Articulo V, Capitulo 26). Uno para diario y otro para educación física. Los diseños y estilos serán uso vigencia según las mismas normas gubernamentales.
23.9. Conservar la limpieza y el orden de las aulas de clases.
23.10. Pegar los valores por conceptos de reposición o reparación, por los daños ocasionados al edificio, mobiliario, equipos, materiales didácticos, etc.
23.11.Entregar al padre de familia o acudiente las circulares y deportivas del instituto.
23.12. Cumplir con diligencia y entusiasmo las obligaciones culturales y deportivas del instituto.
23.13. Comportarse correctamente en todo momento lugar, en especial a las horas de entradas y salidas del colegio, lo mismo que en las formaciones para desfiles y demás actos públicos.
23.14. La pulcritud y buena presentación son indispensables en la vida social. Todos los alumnos deberán presentarse correctamente uniformados y aseados.
23.15. La gratitud y respeto que deben a los profesores los obligan a tratarlos con la debida consideración y cortesía.
23.16. Los alumnos deberán portar digna y correctamente el uniforme, teniendo en cuenta que él representa el instituto.
23.17. Evitar hacer perder el tiempo a los demás alumnos, hablándoles, haciéndoles señas, escribiendo papeles, distrayéndose mientras están en clases.
23.18. Debe participar activamente en su propia forma integral.
23.19. Debe someterse a las condiciones de su permanencia en el plantel y al procedimiento en caso de expulsión, consagrados en el manual de convivencia.
23.20 .El alumno se compromete a observar sus responsabilidades académicas y el régimen disciplinario de la institución. Por su cumplimiento, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas.
CAPITULO VIII
Articulo 24. ESTÍMULOS
Los estímulos se establecen como una forma de incentivar al alumno para que realice sus actividades de buen grado y haga alguna de ellas metas próximas y posibles de conseguir, los siguientes son los estímulos que ofrece el colegio a sus estudiantes.
24.1. Recibirán becas completas de estudio para el año siguiente, los alumnos que durante el periodo de evaluación del año lectivo, ininterrumpidamente haya ocupado el primer puesto, entre los alumnos de su grupo, lo cual acreditara mediante presentación del acta.
24.2. Recibirán media beca de estudio del año lectivo, ininterrumpidamente, hayan ocupado el segundo puesto, entre los alumnos de su grupo, lo cual acreditara mediante presentación del acta.
24.3. Recibirán medallas y menciones honorificas los alumnos que durante los periodos de evaluación del año lectivo, ininterrumpidamente, hayan ocupado el tercer puesto, entre los alumnos de su grupo, como también disciplina, conducta, colaboración, solidaridad, y compañerismo.
24.4 Participar en los distintos comités que funcionan en la institución.
24.5. Ser promovido por la comisión de promoción al grado inmediatamente superior después de haber obtenido los logros necesarios.
24.6. Mención de honor, placas y medallas de acuerdo al campo en que se desarrollen.
24.7. Reconocimientos en público de sus triunfos especiales.
24.8. Estimulara a la familia por los logros de sus hijos.
24.9. Condecoraciones a los mejores alumnos y antiguos al finalizar su etapa escolar.
24.10. Destacar al alumno que se supere en sus dificultades.
24.12. Distinción al alumno que se destaque por su asistencia, puntualidad y disciplina.
Articulo 25. PROHIBICIONES
25.1. Permanecer en los salones de clases durante el tiempo de recreo o merienda.
25.2. Traer las uñas largas, sucias o esmaltadas a color.
25.3. Usar prendas de oro o alhajas llamativas o extravagantes.
25.4. A los varones de cualquier nivel o grado, usar el cabello largo o cortes raros, aretes.
25.5. Traer al instituto novelas, láminas o revistas pornográficas y obras distintas a los textos de estudio, salvo lo solicitado por profesores, con la finalidad de desarrollar una actividad de consulta o investigación.
26.6. Pintar las paredes y puertas de la institución. Esto incluye salones de clases, corredores, baños, etc.
25.7. Realizar juegos brusco que le lesionen a otros, concertar riñas o peleas dentro o fuera del instituto.
25.8. Portar armas o cualquier otro elemento que pueda servir para agredir a personas.
25.9. Hurto o retención indebida de cualquier objeto que pertenezca al instituto, a los alumnos o personas vinculadas a él.
25.10. Cometer actos que atenúen contra la moral y los buenos principios que imparten el instituto, dentro o fuera de sus previos, cuya divulgación cursen conmoción pública, de tal manera que lesione la buena imagen del instituto.
25.11. Causar intencionalmente daños a las instalaciones localizadas, muebles, enseres, material didáctico, equipos de oficinas, sonidos y videos, etc.
25.12. Usar vocablos soeces, sobrenombres o apodos entre compañeros.
25.13. Tratar en forma descortés y agresiva a las personas que laboran en el instituto.
25.14. Ausentarse del instituto en el horario de las clases, sin que previamente el padre de familia o acudiente solicite personalmente por escrito con su firma y cedula.
CAPITULO IX
Articulo 26. MEDIDAS DE FORMACIÓN EN LAS FALTAS
El instituto San Carlos de Barranquilla, en su preocupación de orientar y formar niños, señala medidas aplicables a aquellos alumnos que no cumplan los principios básicos de convivencia social.
26.1. Dialogo de acercamiento alumno – profesor (Amonestación verbal)
26.2. Amonestación escrita en el seguimiento valorativo.
26.3. Remisión del seguimiento disciplinario al departamento de Consejería.
26.4. Exclusión temporal de la institución.
26.5. Exclusión inmediata de la institución.
26.6. Cancelación del contrato de prestación de servicio educativo.
CAPITULO X
Articulo 27. ACTITUDES QUE IDENTIFICAN LA COMUNIDAD EDUCATIVA DEL INSTITUTO SAN CARLOS
27.1. Los docentes y estudiantes del colegio deben esmerarse por la presentación personal en el buen vestir y los buenos modales.
27.2. Buscar la armonía en las relaciones humanas.
27.3. Defender sus principios de acuerdo con la moral cristiana y su propia condición personal.
27.4. Preservar el ambiente de hogar afectivo, estableciendo ciertas costumbres y diversos detalles de cortesía tales como: celebraciones de fechas y acontecimientos especiales en la vida de Instituto.
Articulo 28. DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES
Son derechos de los padres de familia o acudientes.
28.1. Participar en la asociación de padres de familia o en el consejo de padres del establecimiento.
28.2. Participar en el consejo directivo, asociaciones y comités, para velar por la adecuada prestación del servicio educativo en el colegio.
28.3. Ser informado periódica y oportunamente sobre el rendimiento académico y el comportamiento general de su hijo o acudido, así como las sanciones que se hagan acreedores por la violación o incumplimiento de las disposiciones de este manual.
Articulo 29. SON DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES
29.1. Velar para que sus hijos o acudidos reciban una educación conforme a los fines y objetivos establecidos en la constitución nacional, la Ley y el P.E.I.
29.2. Contribuir solidariamente con la institución para la formación de sus hijos y/o acudidos.
29.3. Cancelar las pensiones dentro de los cinco primeros días de cada mes, de lo contrario el estudiante será suspendido d las actividades académicas.
29.4. Educar a sus hijos y brindarles en el hogar el ambiente adecuado para su desarrollo integral.
29.5. Asistir puntualmente a las reuniones, conferencias, citaciones y cualquier otro evento que convoque el colegio con carácter obligatorio.
29.6. Velar por la asistencia a clases de su hijo o acudido y presentar o enviar oportunamente las excusas o justificaciones por la inasistencia.
29.7. Formular personalmente ante la dirección del colegio, o el respectivo directivo u organismo competente, las quejas, reclamos o sugerencias que tengan que ver exclusivamente con las normas académicas o disciplinarias del colegio.
29.8. Tratar con cortesía y buenos modales al personal administrativo y docente, cuando por cualquier circunstancia debe presentar algún reclamo, queja o sugerencia.
29.9. Responder por los daños que su hijo o acudido cause en los muebles, enseres o materiales y equipos educativos, cuando se compruebe que el daño causado obedeció a la mala intención o negligencia del alumno.
29.10. Colaborar con el colegio cuando se promueve u organicen actividades curriculares fuera del colegio de tipo: culturales, sociales, deportivas: tales como bazares, concursos, encuentros deportivos, festejos, celebraciones.
29.11. Denunciar el comportamiento irregular que observen en los alumnos, personal docente, y administrativo de la institución, dentro o fuera de sus predios, cuando tales hechos atenten contra los principios filosóficos, morales o éticos de la misma.
29.12. Notificar oportunamente al colegio del retiro voluntario de su hijo, para evitar las especulaciones y malos entendidos.
Articulo 30. PROHIBICIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES
30.1. Presionar, amenazar, maltratar, atentar contra la integridad personal o emplear expresiones desobligantes contras directivos, docentes y personal en general de la institución.
30.2. Inmiscuirse en la vida privada de los directivos docentes o administrativos, si tales conductas no atentan contra los principios filosóficos, morales y éticos que orientan el servicio educativo en el plantel.
30.3. Cancelar las pensiones dentro de los cinco primeros días de cada mes.
30.4. Tomarse atribuciones mas allá de las que les otorgue la constitución, las leyes y las disposiciones de este manual.
CAPITULO XI
Articulo 31. DISPOSICIONES GENERALES
El Instituto garantiza el derecho a recibir educación religiosa y aunque ejerce los principios de la religión católica, admite en su comunidad educativa estudiantes que pertenezcan a otras congregaciones religiosas, siempre que sus condiciones no interfieran en los principios académicos, filosóficos, morales o éticos de la institución, respetando así las garantías constituciones de libertad de conciencia, libertad de culto y el derecho de los padres de escoger el tipo de educación para sus hijos.
Articulo 32. DEL PAGO DE MATRICULAS Y PENSIONES
Articulo 184. Se entiende por matricula el valor que cobra el colegio al alumno por el derecho de ingresar a él para integrarse al proceso educativo durante el año escolar. La matricula se regirá por las normas del contrato de suministro de enseñanza, suscrito entre el colegio y el padre, acudiente o representante legal del alumno de acuerdo a lo estipulado en el artículo 201 de la Ley 115 de 1994 (Ley general de la educación).
Articulo 185. Se entiende por presión mensual el valor que cobra el colegio al alumno por los servicios educativos que reciben en desarrollo del plan de estudio y por el derecho a servirse para ello de todos los recursos instituciones. Y debe cancelarse dentro de los cinco primeros días de cada uno de los 10 meses del año escolar.
Articulo 186. El pago oportuno de las pensiones y demás costos educativos autorizados por el Ministerio de Educación Nacional, faculta al colegio para no expedir los certificados correspondientes hasta tanto el alumno no se encuentre a paz y salvo por estos conceptos y adoptar los mecanismos legales de cobro para obtener el pago estipulado.
Articulo 187. El padre, acudiente o representante legal o alumno del plantel al efectuar pagos al colegio por matricula, pensiones, certificados u otro concepto deberá hacerlo en las oficinas que estipulen el plantel. En ningún momento podrá entregar dinero por estos conceptos a personas alguna diferente a la indicada por la directiva del plantel.
Articulo 188. El padre, acudiente o representante legal que por cualquier circunstancia se atrasare en el pago de sus pensiones el colegio, deberá presentarse ante la dirección administrativa del plantel y obtener el correspondiente plazo, para evitar que su acudido reciba alguna observación al respecto o sea devuelto. Estos plazos no se le negaran a ninguna persona responsable del alumno que lo solicite.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
El conocimiento y estudio de las normas establecidas en el presente MANUAL DE CONVIVENCIA, son de carácter obligatorio para los miembros de la COMUNIDAD EDUCATIVA y su desconocimiento no exonera de responsabilidad a los infractores.
DADO EN BARRANQUILLA, DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO A LOS 4 DIAS DEL MES DE FEBRERO DE 2011.